IVA Y VUELTA: La AFIP hizo algunos cambios
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) hizo algunos cambios en el programa “Iva y vuelta”. Se incorporan nuevos comprobantes y se extiende la vigencia de los mismos a 60 días.
Las modificaciones se dieron a conocer a través de la resolución general 2641 publicada en el Boletín Oficial.
A fin de facilitar la participación masiva de los interesados, el fisco nacional decidió ampliar el universo de comprobantes que pueden informarse. También se llevó a 60 días la fecha de antigüedad de los comprobantes habilitados para participar en los sorteos.
Cambios
La nueva normativa establece que “están habilitados para participar los comprobantes emitidos por operaciones de compra de cosas muebles, o por las obras, locaciones y prestaciones de servicios -en todos los casos a consumidores finales- en tanto se trate de facturas clases B y C, recibos B y C , tiques y tiques factura tipo B y C”.
En relación al plazo de tiempo límite, la resolución establece que “sólo participarán del programa los comprobantes que tengan una antigüedad máxima de sesenta días corridos contados desde la fecha de su emisión hasta la fecha de corte para la carga del sorteo ordinario”.
Fuente: INFOBAEPROFESIONAL
