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	<title>MEDIO PUBLICO &#187; ganancias</title>
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	<description>Noticias impositivas, laborales y fiscales</description>
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		<title>GANANCIAS 2011-2012: DEDUCCIONES PERSONALES Y CARGAS DE FAMILIA</title>
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		<pubDate>Tue, 10 Jan 2012 04:17:34 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Las deducciones, en ganancias, son &#8220;descuentos&#8221; que el contribuyente puede deducir de su impuesto a pagar. Las deducciones en ganancias pueden ser &#8220;generales&#8221; o &#8220;particulares&#8221;. En ésta nota explicamos todo sobre las deducciones personales y publicamos la tabla vigente para liquidar ganancias correspondiente al periodo 2011. Las deducciones generales son todos aquellos gastos necesarios para obtener la ganancia, mientras que podríamos definir a las deducciones personales como aquellos conceptos de importe fijo que la ley permite deducir a los contribuyentes (personas físicas o sucesiones indivisas) en atención a las personas que el mismo tiene a su cargo con el fin de lograr mayor equidad ateniendo a la capacidad contributiva de cada contribuyente. Dentro de las deducciones personales encontraremos el &#8220;mínimo no imponible&#8221;, las &#8220;cargas de familia&#8221; y la &#8220;deducción especial&#8221;. El Mínimo No Imponible representa el importe que el contribuyente necesita para vivir, para gastos personales y de esparcimiento. Actualmente el mínimo no imponible asciende a la suma de $ 12.960 anuales. Por su parte, las deducciones por cargas de familia solo pueden ser tomadas si el familiar a cargo no posee ingresos anuales mayores a $12.960.-. En caso de conyuge, debe estar legalmente casado para que se pueda proceder [...]]]></description>
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		<title>AFIP: NUEVO RELEASE DEL APLICATIVO DE GANANCIAS PERSONAS JURIDICAS</title>
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		<pubDate>Sat, 05 Nov 2011 22:39:29 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La AFIP puso a disposición de los contribuyentes un nuevo release del aplicativo de ganancias personas jurídicas versión 10. Éste nuevo release, el número 2, soluciona algunos problemas del release 1 y a su vez incorpora algunas mejoras. Éste aplicativo permite a las Sociedades presentar una declaración jurada que contendrá datos identificatorios, materia imponible, determinación del impuesto y saldo a ingresar. El mismo permite: liquidar el impuesto por rubro de bienes situados en el país y/o en el exterior con el fin de establecer el impuesto determinado. Esta declaración jurada debe ser presentada hasta la fecha de vencimiento, en los lugares y formas habilitadas según el tipo de contribuyente, evitando multas por falta de cumplimiento a las obligaciones formales y materiales. Novedades respecto del release anterior Se modificaron las validaciones de los campos relacionados al Tipo de Vinculación. Se modificó la validación del campo Número de Certificado, permitiendo ingresar valores alfanuméricos Se solucionaron los siguientes problemas El &#8220;Instalador papeles de trabajo&#8221; soluciona inconvenientes en la visualización de papeles de trabaj &#160;]]></description>
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		<title>AFIP: VENCIMIENTO 1er ANTICIPO GANANCIAS Y BIENES PERSONALES 2011</title>
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		<pubDate>Thu, 09 Jun 2011 17:48:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Según informó la AFIP, a partir del Lúnes 13 de Junio comienza a vencer el pago del 1º anticipo correspondiente al año 2011 del Impuesto a las Ganancias Personas Físicas y a los Bienes Personales. De ésta manera, el calendario de vencimientos para el 1º Anticipo de Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales queda determinado de la siguiente manera: Terminación de CUIT Fecha de Vencimiento 0-1-2-3 13/06/2011 4-5-6 14/06/2011 7-8-9 15/06/2011 ¿Cómo pagar? Mediante transferencia electrónica de fondos, generando un Volante Electrónico de Pago (requiere clave fiscal) O bien, en efectivo, dirigiéndose personalmente a Entidades Bancarias, Pago Fácil, Rapipago y Bapro Pagos. Para el pago en efectivo es necesario haber generado el Formulario 799/E, con los datos correspondientes, tal como se muestra a continuacón (cabe destacar que se debe generar un formulario por cada obligación, es decir, uno por anticipo de ganancias y otro por anticipo de bienes personales): &#160; El formulario 799/E se puede completar en línea y despues imprimir, ingresando aqui&#8230; &#160;]]></description>
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		<title>AFIP, APLICATIVO GANANCIAS Y BIENES PERSONALES: &#8220;ERROR 13 EN TIEMPO DE EJECUCION&#8221;</title>
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		<pubDate>Fri, 15 Apr 2011 05:14:35 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La AFIP puso a disposición de los contribuyentes un parche para solucionar el &#8220;error 13 en tiempo de ejecución: no coinciden los tipos&#8221;, que se produce al cargar dinero en efectivo en el Aplicativo de Ganancias y Bienes Personales versión 12.0 release 1. Para solucionar este problema, se debe reemplazar el archivo gpfbp.exe que se encuentra instalado en la carpeta del aplicativo. Si se instaló el SIAP por defecto, la carpeta se encuentra en &#8220;C:Archivos de ProgramaSIAp.AFIPGPFBP.exe&#8221; En resumen: Descargar el &#8220;nuevo&#8221; archivo GPFBP.exe Buscar el archivo &#8220;viejo&#8221; que se encuentra en &#8220;C:Archivos de ProgramaSIAp.AFIPGPFBP.exe&#8221; Reemplazar el archivo &#8220;viejo&#8221; por el &#8220;nuevo&#8221;]]></description>
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		<title>AFIP: NUEVO APLICATIVO &#8220;GANANCIAS PERSONAS FISICAS Y BIENES PERSONALES&#8221;, VERSION 12.0</title>
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		<pubDate>Tue, 11 Jan 2011 22:40:25 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[A través de la resolución 3006, la AFIP puso en marcha el nuevo aplicativo denominado &#8220;Ganancias Personas Físicas &#8211; Bienes Personales &#8211; Versión 12.0&#8243; que modifica la presentación unificada de las declaraciones juradas anuales. El aplicativo -que ya se encuentra en plena vigencia- es de uso obligatorio para todas los personas físicas y sucesiones indivisas a partir del período fiscal 2010 y para las declaraciones juradas originales o rectificativas que se presenten correspondientes a los períodos fiscales 2007, 2008 y 2009. PRINCIPALES MODIFICACIONES RESPECTO A LA VERSION ANTERIOR Puntualmente, la nueva reglamentación introduce las siguientes modificaciones: En el rubro determinación del saldo del Impuesto a las Ganancias, se incluyen los campos cómputo de anticipos cancelados con bonos o certificados fiscales y saldo a favor del contribuyente por cancelación de anticipos cancelados con cómputo de bonos o certificados Fiscales. En el rubro determinación del saldo del Impuesto a las Ganancias, también se agrega el campo del saldo a favor proveniente de la sucesión indivisa. En Participación Societaria, se suma el campo porcentaje de participación al inicio. En el rubro datos descriptivos, de los campos se deberá detallar: Zona emergencia agropecuaria. Zona desastre agropecuaria. Solicitó certificado de residencia. Número de certificado. Administración tributaria [...]]]></description>
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		<title>ANALIZAN SUBIR EL MINIMO NO IMPONIBLE PARA GANANCIAS 2010</title>
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		<pubDate>Thu, 09 Sep 2010 18:24:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La iniciativa prevé elevar los minimos no imponibles a $13.300, a $14.700 la deducción por cónyuge y a $7.400 la correspondiente a cada hijo. La Coalición Cívica (CC), la Unión Cívica Radical (UCR) y el Pro están avanzando en un proyecto de ley unificado para modificar el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias y subir la alícuota 27% más de lo que dispuso el Gobierno hace casi dos meses, en una medida que, según referentes de los bloques, tendrá un costo fiscal de $ 4.100 millones. El 12 de julio, la presidenta Cristina Fernández había anunciado una suba del 20% en el mínimo no imponible, considerada insuficiente por los opositores y por la CGT, entre otros. La medida llevó el salario mínimo a partir del cual un trabajador casado y con dos hijos paga Ganancias a $ 6.100. Pero se convalidó mediante una ingeniería legal de la AFIP que debe ser ratificada por el Congreso. Caso contrario, el fisco deberá cobrar a fin de año lo que dejó de percibir desde el anuncio, aunque el jefe del ente recaudador, Ricardo Echegaray, sostiene que puede prorrogar la disposición por otro año. El dictamen de mayoría votado por la oposición [...]]]></description>
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		<title>MATRIMONIO IGUALITARIO: ¿COMO AFECTA AL IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LOS BIENES PERSONALES?</title>
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		<pubDate>Thu, 29 Jul 2010 15:49:59 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[La reciente ley sobre matrimonio civil que permite la unión de personas del mismo sexo, genera la necesidad de cambios en las normas del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. En tal sentido, se debe recordar que ambos gravámenes consagran, para la sociedad conyugal, el principio de que las rentas y los bienes que deban reputarse como gananciales serán declarados por el hombre y que sólo aquellas rentas o bienes derivados del trabajo personal de la mujer serán declarados por la misma, además de los bienes adquiridos con anterioridad al matrimonio o los que haya recibido por herencia, legado o donación. Los interrogantes que claramente surgen para el caso de matrimonios entre personas del mismo sexo son: * ¿Cuál de los cónyuges deberá declarar las rentas gananciales en el Impuesto a las Ganancias? * ¿Cuál de los cónyuges deberá declarar los bienes gananciales en el Impuesto sobre los Bienes Personales? Segun publica Iprofesional, es necesario una rápida reforma impositiva que recepte las nuevas figuras sobre el matrimonio civil entre personas del mismo sexo, evitando así la incertidumbre que esta nueva norma conllevará al momento de liquidar los impuestos referidos, siendo deseable que la misma se promulgara antes [...]]]></description>
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		<title>&#8220;MEDIO ECONOMICO&#8221;: NOTICIAS DE ECONOMIA, IMPOSITIVAS Y FISCALES</title>
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		<pubDate>Mon, 30 Nov 2009 19:39:51 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[Nos complace presentarles el blog &#8220;MEDIO ECONOMICO&#8221; un lugar en donde presentamos noticias impositivas, economicas y fiscales. La idea de MEDIO ECONOMICO es ser un lugar con información más especifica y concreta sobre las materias mencionadas, sin perder la objetividad y el enfoque de MEDIO PUBLICO, de esta forma, este nuevo blog viene a complementar y a ser el espacio ideal para profundizar aquellos temas que a todos nos interesan. Sin mas palabras, les presentamos www.MEDIOECONOMICO.com.ar. Esperamos que les agrade.]]></description>
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		<title>MONOTRIBUTO: En poco tiempo entran en vigencia las retenciones en IVA y Ganancias</title>
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		<pubDate>Fri, 13 Nov 2009 16:32:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[En poco más de un mes, se pone en marcha el primer régimen de recaudación que recaerá sobre los pequeños contribuyentes. Los responsables que superen los renovados límites anuales de facturación sufrirán pagos a cuenta de hasta 35 por ciento. Junto a la puesta en marcha del nuevo Monotributo -que ya cuenta con el aval de Diputados- resurge la idea de aplicar retenciones y percepciones a los pequeños contribuyentes. El cuestionado mecanismo golpeará a los monotributistas, siempre que superen los renovados límites de facturación anuales permitidos respecto a las operaciones celebradas con un único cliente. La iniciativa, que se convertirá en ley luego del visto bueno del Senado, eleva de $72.000 a $200.000 el tope para profesionales y de $144.000 a $300.000 para el resto de las actividades. En relación a la carga fiscal extra a soportar, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció que los pagos a cuenta aplicables a partir del 1º de enero de 2010 serán del 35% en el Impuesto a las Ganancias y del 21% en el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Ver Nota Completa en INFOBAE PROFESIONAL]]></description>
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		<title>Impuesto a las ganancias: La CGT pide que se suba el minimo no imponible</title>
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		<pubDate>Wed, 09 Sep 2009 17:51:39 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Staff Medio Público</dc:creator>
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		<description><![CDATA[a Confederación General del Trabajo (CGT) encabezada por Hugo Moyano apurará una reunión con la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para pedirle una nueva suma del mínimo no imponible en el Impuesto a las Ganancias. De igual manera, se solicitaría una mejora en las asignaciones familiares. En la actualidad, el monto en discusión se ubica en $4.015 para los empleados solteros y en $5.554 para los trabajadores casados y con dos hijos. &#8220;Se resolvió promover un encuentro con el Gobierno para tratar el tema porque es un problema que se viene repitiendo año tras años, cada vez que se acuerdan mejoras salariales&#8221;, detalló el dirigente Juan Carlos Schmith al término de la reunión. Igualmente, la apuesta de Moyano es aún más ambiciosa. El líder sindical también pedirá que se fije algún mecanismo que actualice en forma directa el mínimo no imponible tras cada incremento salarial, informa el matutino El Cronista en su edición de hoy. El porcentaje de la suba exigida será equivalente a la proporción de los incrementos salariales firmados por los gremios.]]></description>
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